Escrito por Francisco Briones Rugel    PDF Imprimir E-mail

Política Macroeconómica para la Programación Presupuestaria 2011-2014

 

franciscoDe acuerdo a la Constitución de la República del Ecuador, es competencia de la Función Ejecutiva elaborar cada año la Proforma Presupuestaria Anual y la Programación Presupuestaria Cuatrianual para ser presentada y aprobada por la Asamblea Nacional.

Del mismo modo, la Ley Orgánica de Responsabilidad, Estabilización y Transparencia Fiscal (LOREYTF) establece que el Ministerio de Finanzas será el encargado de emitir las Directrices Presupuestarias que orientaran al Ejecutivo en la elaboración de sendas proformas . Estas proformas deben estar sustentadas en el Plan Nacional de Desarrollo y en los planes operativos institucionales.

Basada en estas disposiciones, el Ministerio de Finanzas presentó el documento “Directrices de la Programación Presupuestaria 2011-2014 y Proforma del Presupuesto General del Estado 2011” con el objeto de que las instituciones que conforman el Presupuesto General del Estado (PGE) las revisen y conozcan la utilización de los ingresos y gastos, y fuentes de financiamiento para el siguiente ejercicio fiscal.

El documento contiene cuatro diferentes secciones, (A) Política Macroeconómica, (B) La Política Fiscal, (C) Política de Programación Presupuestaria, y (D) Aspectos Metodológicos para la Elaboración de la Proforma.

Dentro de la primera sección, se define al Programa Macroeconómico como el instrumento para la consolidación del sistema económico social y solidario. Se busca lograr esto asegurando una adecuada distribución del ingreso y de la riqueza nacional; manteniendo la estabilidad económica ; entre otros. Sin embargo, esto supone diversos cambios en todo el ciclo económico (producción, distribución y consumo) y el mencionado cambio de la matriz productiva.

Se establecen además a la educación, la salud, el agua, la alimentación, la vivienda digna, el hábitat, el trabajo y la cultura como los derechos que el Estado “debe garantizar”, razón por la cual los recursos públicos deben orientarse primordialmente al desarrollo progresivo de los mismos. Del igual manera, las asignaciones presupuestarias deberán estar orientadas a la promoción de la inclusión económica y social basado entre otras cosas en los derechos colectivos de las comunidades, pueblos y nacionalidades.

En este sentido, es necesario que en este primer punto se establezcan los conceptos claros para que una economía encuentre la senda del desarrollo y la prosperidad. En cuanto a la distribución de la riqueza con objeto de la igualdad, es preciso remarcar que en una economía libre no pueden existir la igualdad económica y la libertad económica al mismo tiempo y en el mismo grado. Lo anterior, debido a que un sistema de libertades produce desigualdades en sí y un sistema de igualdad anula las libertades. De esto que desigualdad y pobreza no sea lo mismo. En este sentido, la distribución de la riqueza no debería obedecer a igualar la riqueza de las personas, sino a cómo remediar la situación de pobreza de la sociedad.

Por otro lado, la garantía de derechos obedece a un Estado de Derechos, coherente con la visión Socialista del Siglo XXI de la Constitución vigente, mas no a un Estado de Derecho, el cual es indispensable para una economía libre. La diferencia radica básicamente en que en un Estado de Derecho se reconocen y garantizan las libertades naturales de los ciudadanos a diferencia de un Estado de Derechos en el que se entrega a un tercero la responsabilidad, que al final se convierte en obligación, de brindar los derechos mencionados anteriormente a fin de garantizar una “libertad en sentido de igualdad”.

La redistribución de la riqueza al punto de la igualdad no asegura la erradicación de la pobreza en el país, al igual que la garantía de derechos no significa que se los tendrá en la medida en la que cada ciudadano alcanzaría de ser ellos quienes decidan sobre sus vidas. En resumen, los países en lo que se garantizan las libertades naturales son los que han alcanzado la estabilidad económica, situación que solo se consigue a través de un verdadero Estado de Derecho.


1 Constitución de la República del Ecuador - Artículo 294.
2 Artículo 35.
3 Estabilidad Económica.- Máximo nivel de producción y empleo sostenibles en el tiempo. 

 

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