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Centros Gerontológicos: La dificultad de su creación

¿Cuáles son los pasos a seguir para crear un centro gerontológico?
Resumen
El Reglamento de Permisos de Centros de Atención Gerontológicos, es la normativa que estipula cuáles son los requisitos para la creación de un centro de cuidado diario para los adultos mayores. Los requisitos estipulados en esta ley podrían crear desincentivos a la creación de estos centros.
Análisis
I. Situación actual del país
En el Ecuador, según cifras de la encuesta Nacional de Salud, Bienestar y Envejecimiento (SABE), en el 2010 habían 1.192.475 adultos mayores que representaban el 8,33% de la población y se espera que para el 2015 este grupo represente el 12,6%.
En lo referente a su condición socioeconómica, la encuesta revela que el 7,2% cuentan con una condición económica buena, el 9,5% con una condición regular, el 14,1% con una condición mala y el 16,7% (40.770) se encuentran en estado de indigencia.
Esto significa que, muchos adultos mayores tienen que ir a un hospicio o centro gerontológico ya que no tienen como sustentarse. En nuestro país, existen alrededor de 51 hospicios; los cuales cuentan con una capacidad estimada de 2.500 ancianos en total, por lo que claramente se evidencia que no se puede atender a todos los adultos mayores que viven en condiciones malas e indigentes[1].
II. ¿Cuál es la causa por la que no existan tantos centros gerontológicos?
El Reglamento de Permisos de Centros de Atención Gerontológicos es el marco legal que define cuáles son los requisitos para crear un centro de esta naturaleza. Ahora bien, supongamos que Juan Buen Hombre (JBH), ecuatoriano preocupado por los adultos mayores en situación de indigencia, decide crear un centro gerontológico. A tal efecto, JBH deberá según lo señala la normativa antes indicada, contratar un arquitecto para que elabore un plano del futuro centro el cual conste de un espacio adecuado para el desarrollo de la tarea cotidiana, tomando en cuenta el número de usuarios e internos, así también, de habitaciones individuales y conjuntas, el listado de equipos y mobiliario, las áreas de recreación, etc. Una vez que haya cumplido esta formalidad JBH, deberá además, detallar de antemano cuáles serán los servicios, capacidad y personal con que cuenta el centro, indicando si el mismo ejercerá sus funciones con dedicación completa o parcial. Inclusive, deberá contratar un abogado para que lo asesore en la creación de normas de funcionamiento interno del centro gerontológico, el cual contendrá por lo menos, doce requisitos más[2].
En resumen, JBH para poder ayudar de manera “legal” a los adultos mayores deberá esperar cerca de 2 años[3] y además invertir una cantidad estimada de $1.156,47[4], sólo contando el presupuesto que se gastaría en contratar al abogado y el arquitecto. Así mismo, este proceso no solo tendrá que hacerlo una vez, sino que lo deberá realizar anualmente. Lo anterior, debido a que, de acuerdo a la ley, el permiso de funcionamiento tiene carácter de anual y es requisito previo e indispensable para la inscripción en el Registro Nacional de Centros de Atención al Adulto Mayor.
III. ¿Cuál podría ser la solución ante esta iniciativa?
La situación anteriormente descrita, es sólo un ejemplo de las vicisitudes que tienen que atravesar quienes pretenden crear este tipo de centros con la intención de ayudar a los adultos mayores. Es por ello, que la falta de centros de cuidado diario, se podría deber, entre otras causas, a los excesivos requisitos y a los altos costos que estos suponen para quienes quieren operar un centro de esta naturaleza. De ahí, que si se quiere fomentar la iniciativa privada para la ayuda de adultos mayores, un paso importante podría ser reducir los requisitos necesarios para la formación de los centros gerontológicos.
[1] Estimación realizada en base al número promedio estimados de ancianos que atienden los 51 hospicios del país.
[2] Reglamento de Permisos de Centros de Atención Gerontológicos.
[3] Valoración realizada de acuerdo al tiempo promedio estimado de construcción de una obra y del trámite, según profesionales del medio.
[4] Ministerio de Relaciones Laborales>> Nuevos salarios mínimos sectoriales.

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