El acceso a la información pública veraz, es un derecho que debe garantizarse a todos los ciudadanos.
Resumen
Para garantizar el acceso a la información y rendición de cuentas al que están sometidas todas las instituciones del Estado, se creó la Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LOTAIP). Del mismo modo, la Constitución establece como derecho de los ciudadanos, el acceder a fuentes de información; sin embargo, en la práctica no todos los organismos están cumpliendo a cabalidad con dicha Ley.
Análisis
I. ¿Qué sucede en el país con respecto a la LOTAIP?
La Constitución, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, e incluso la Convención Interamericana sobre Derechos Humanos, establecen que todas las personas tienen el derecho a buscar, recibir y difundir información. Para tal efecto, se establece en los cuerpos legales previamente mencionados que se deberán adoptar las medidas que garanticen y promuevan la organización, transparencia y clasificación de la información de la gestión pública.
En este sentido, se promulgó en el año 2004 la Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LOTAIP), la cual establece que las entidades públicas deben someterse a la rendición de cuentas y proporcionar acceso a la información pública; asegurando que exista un manejo transparente de la información. De tal forma que, se posibilite la participación ciudadana en la toma de decisiones de interés general y la rendición de cuentas de las diferentes autoridades que ejerzan el poder.
Sin embargo, según estadísticas de la Defensoría del Pueblo de Ecuador, sólo el 11% (600) del total de organizaciones públicas a nivel nacional presentó a la Defensoría del Pueblo la información que señala la LOTAIP, dentro de los plazos[1].
II. Esquema de la LOTAIP
En relación a lo indicado, la LOTAIP señala que toda la información que emane de los organismos y entidades que conforman el sector público, así como también las corporaciones, fundaciones y organismos no gubernamentales (ONG's) que se encarguen de la provisión o administración de bienes o servicios públicos, estarán sujetas a la regulación establecida en dicha Ley. Por ello, se establecieron parámetros obligatorios de información a los cuales deben regirse los organismos.
Entre la información necesaria establecida en la LOTAIP se encuentra la estructura orgánica funcional, el distributivo del personal, las remuneraciones mensuales por puesto e ingresos adicionales, los contratos colectivos de la institución, viáticos e informes de trabajo a nivel nacional o internacional, entre otros. Sin embargo, sólo algunas instituciones cumplen con lo establecido por la Ley.
Respecto a la aplicación de los mecanismos de sanción, la Ley señala que éstos estarán bajo la fiscalización de la Defensoría del Pueblo y que se establecerán según la gravedad de la falta. En el caso de que una institución pública deniegue en forma tácita o expresa la información o no cumpla con los requisitos establecidos en la LOTAIP, se puede interponer el recurso de acceso a la información garantizado en instancia judicial. Sin embargo, el proceso judicial que se llevaría a cabo no asegura una sanción pronta y principalmente implica tiempo.
III. Creación de mecanismos para el cumplimiento
La LOTAIP es importante que sea cumplida a cabalidad por los organismos públicos. Por ello, es indispensable que se mejore la ley mediante mecanismos que incentiven a los funcionarios públicos a cumplir con la normativa o la inclusión de sanciones prontas; como por ejemplo, que al interponer el recurso de acceso a la información la solución sea eficaz y no tome alrededor de cinco días. De manera que, se promueva que las personas puedan conocer sobre los asuntos públicos del país y soliciten a las autoridades acceder a la información requerida, en el caso de que exista la negativa.
[1] Consolidado de las instituciones que dieron cumplimiento a la LOTAIP a nivel nacional. Defensoría del Pueblo de Ecuador. 2011